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Organización y Funciones del Honorable Concejo Municipal
Gobierno Municipal

"Está compuesto por elÓrgano Deliberante, con funciones legislativas y fiscalizadoras, denominado también ConcejoMunicipal; y Órgano Ejecutivo, con funciones ejecutivas y representativas".

El Órgano Ejecutivo: Conformado por el Alcalde Municipal, que es la máxima autoridad ejecutiva del Municipio: las Oficialías Mayores, las Direcciones, las Jefaturas de Unidad, las Sublalcaldías Municipales y los Funcionarios Municipales.

El Órgano Legislativo: Es la máxima autoridad del Gobierno Municipal. Constituye el Órgano Representativo, deliberante, normativo y fiscalizador de las actividades que realiza el Ejecutivo Municipal.

Descripción organizacional y funcional de la institución

Son atribuciones de la Directiva del Concejo Municipal:
  • Dictar sus reglamentos, ordenanzas, resoluciones y otros instrumentos normativos municipales.
  • Elegir al Alcalde.
  • Formular políticas generales de la municipalidad y fijar los objetivos de los planes y programas a realizarse, entre otros.
Sesiones del Concejo

Las sesiones del Concejo Municipal son reuniones plenarias, donde se deciden las políticas del municipio, se analizan y aprueban soluciones a las necesidades y problemas de la ciudadanía en general.
Sesiones ordinarias: Tienen carácter público y se llevan a cabo los días hábiles por lo menos dos veces por semana, a convocatoria de su Presidente, debiendo citarse con 24 horas de anticipación.
Sesiones extraordinarias: Son reuniones convocadas de manera pública por el Concejal Presidente, con 48 horas de anticipación.
Sesiones reservadas: Se realizan cuando la agenda a considerar afecte
o perjudique la moral o el honor personal de un Concejal, del Alcalde,
o cuando el Plenario así lo decida.
Sesiones por tiempo y materia: Se refiere a prolongar la sesión todo el tiempo necesario hasta agotar el tema.
Sesiones de Honor: Consiste en realizar celebraciones, conmemoraciones, condecoraciones y distinciones especiales. Sólo tienen carácter protocolar y no deliberativo.
Sesiones fuera del Concejo: El 25% de las sesiones del Concejo Municipal se efectuará fuera de su sede, en un cantón o Distrito Municipal, previa convocatoria pública mediante un medio de prensa escrito.
Audiencias Públicas: Son reuniones que realiza el Plenario, distintas de las sesiones del Concejo, en las cuales se recibe a las personas individuales y colectivas, a objeto de recibir todas las solicitudes, necesidades y planteamientos sobre temas referentes al municipio, con el fin de dar solución a problemas de los vecinos y vecinas.

Intrumentos Normativos del Concejo Municipal

Ordenanzas Municipales: Son normas generales e instrumentos normativos del Gobierno Municipal. Tienen cumplimiento obligatorio para el Concejo, Ejecutivo Municipal y todos los vecinos y vecinas del municipio.
Resoluciones Municipales: Son normas de carácter interno y de gestión administrativa del Gobierno Municipal.
Minutas de Comunicación: Son recomendaciones de los concejales dirigidas al Alcalde, a través de la Presidencia.
Peticiones de informe escrito: Son instrumentos de fiscalización de los concejales municipales y son de cumplimiento obligatorio. Deberán ser presentadas al Plenario del Concejo para su remisión al Alcalde Municipal.
Peticiones de informe oral: El concejal que no reciba respuesta al informe escrito solicitado, o manifieste su disconformidad con la misma, podrá solicitar un informe oral al Alcalde.
Asistencia del Alcalde a las sesiones del Concejo: El Alcalde asistirá por lo menos una vez por mes a las sesiones del Concejo, con derecho a voz. En la misma podrá informar sobre su accionar en la administración del municipio.
 
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